TGR precisa que dictamen de CGR no afecta la cobranza CAE y se limita a fondos previsionales
Fuente: Comunicaciones TGR. Autor: septimapaginanoticias.cl
En relación con la nota publicada este viernes 22 de mayo de 2026 por El Mercurio, titulada “Contraloría revoca retención de impuestos realizada por la TGR para compensar deudas por el CAE”, la Tesorería General de la República considera necesario aclarar a la opinión pública que el Dictamen N° OF91153 de 2026 no elimina ni limita las facultades generales de cobranza del organismo respecto de las deudas del Crédito con Aval del Estado (CAE).
El pronunciamiento de la Contraloría General de la República se refiere exclusivamente a la aplicación del artículo 6° del Estatuto Orgánico de Tesorería en un caso específico vinculado a fondos con destino previsional preferente. Por tanto, las facultades de cobro coactivo establecidas en el Código Tributario permanecen plenamente vigentes, incluida la facultad de TGR de compensar deudas CAE con créditos fiscales.
Asimismo, el dictamen no se pronuncia sobre la calidad del Fisco como acreedor ni sobre la naturaleza del CAE como crédito del sector público.
Finalmente, el propio dictamen mantiene vigente la doctrina previamente establecida por Contraloría en el Dictamen N° 30.802 de 2019, confirmando la continuidad de los criterios administrativos aplicables a la cobranza de este tipo de créditos por parte de la Tesorería General de la República.